La ley de control horario prohíbe a las empresas operar sin un sistema de registro de jornada fiable y verificable. No tenerlo se considera una infracción grave.
También está prohibido falsear los registros, manipular horarios o impedir el acceso de la Inspección de Trabajo a dichos datos. Estas prácticas vulneran la ley y acarrean sanciones económicas importantes.
Sí. No registrar la jornada laboral diaria es una de las principales prohibiciones de la ley de registro horario. El artículo 10 del Real Decreto-ley 8/2019 obliga a todas las empresas a hacerlo.
Ignorar esta obligación impide el control efectivo del tiempo de trabajo, una práctica considerada ilegal desde mayo de 2019.
La normativa prohíbe el uso de sistemas que vulneren derechos fundamentales. No se permite implantar herramientas de control horario sin respetar la intimidad, la proporcionalidad y la transparencia.
Queda vetado, por ejemplo, el uso de tecnologías que registren datos excesivos, como la localización constante sin justificación o la videovigilancia invasiva.
La normativa de registro horario prohíbe el tratamiento de datos personales sin base legal ni medidas de protección adecuadas. Esto incluye el uso de datos biométricos sin garantías legales.
Además, la Ley Orgánica 3/2018 y el RGPD imponen límites estrictos en la conservación, acceso y finalidad de los datos recogidos para el control horario.
Las empresas que incumplen las prohibiciones de la ley de control horario pueden enfrentarse a sanciones graves. Las multas pueden llegar a los 10.000 euros por trabajador afectado, según la gravedad y reiteración de la infracción.
No registrar la jornada, falsear registros o vulnerar derechos de los trabajadores son causas frecuentes de sanción por parte de la Inspección de Trabajo.
No. El trabajador debe estar informado del sistema y del uso de sus datos.
No. La ley exige conservarlos durante al menos cuatro años.
Sí. Esta práctica se considera una infracción grave tanto para la empresa como para el trabajador implicado.
No. El uso de herramientas de control horario debe cumplir con la normativa de protección de datos y respetar los derechos fundamentales.