| Derecho | Resumen |
|---|---|
| Información | El trabajador debe ser informado por escrito sobre el sistema de registro de jornada, su funcionamiento y finalidad. |
| Intimidad y datos | No se puede vulnerar la intimidad. Sistemas biométricos deben cumplir la normativa de protección de datos. |
| No discriminación | El sistema debe aplicarse por igual a todos sin distinción alguna. |
| Acceso a datos | El trabajador puede consultar y solicitar copia de su registro horario. |
| Representación sindical | Delegados sindicales deben ser consultados y recibir copia de registros mensuales. |
| Reclamar | Posibilidad de denunciar ante Inspección de Trabajo si se vulneran derechos. |
Sí. Tienes derecho a recibir información clara y por escrito sobre cómo se registra tu jornada laboral y qué consecuencias puede tener.
Sí, si el sistema no respeta el principio de proporcionalidad o no justifica adecuadamente el uso de datos sensibles, puedes oponerte.
Puedes solicitar una corrección inmediata y, si no se atiende, recurrir a tus representantes sindicales o a la Inspección de Trabajo.
No. Solo puedes acceder a tu propio registro, salvo que seas representante legal de los trabajadores, en cuyo caso puedes acceder a los registros colectivos.